Constitución Política de 1925


La Constitución de 1925 fue aprobada el 30 de agosto de 1925 y promulgada el 18 de septiembre del mismo año. Es creada con el objetivo de reemplazar la Constitución de 1833.

Contenía 110 artículos y 10 disposiciones transitorias. Fue redactado por una comisión que designó y dirigió el Presidente Arturo Alessandri Palma. El proyecto previo sobre el que se desarrollo, lo elaboró su ministro José Maza.

Al momento de ser creado el texto, se decidio realiza un plebiscito con el objetivo de que la constitución sea aprobada por eleccion popular. Los resultados obtenidos arrojaron que solo un 45,37% del padron electoral participó, el 54,63% restantes se abstuvo de votar, lo que dio motivo a los opositores para criticar lo precario del apoyo popular.

Algunas de las principales modificaciones que pudieron verse en esta nueva Constitución fueron el aunmento del periodo presidencial de 5 a 6 años, las elecciones serian por votacion directa. También se dictó que de no haber mayoria absoluta el Congreso Pleno decidiría entre las dos mas latas mayorias. Además se creo un Tribunal Calificador de Elecciones. Un último punto importante fue la separacion de la Iglesia del estado.

Con respecto a diputados y senadores, aumentó la cantidad de años que estos ocupan sus puestos, de 3 a 4 en el caso de los diputados y de 6 a 8 en el de los senadores.


Se separa la Iglesia del Estado, dando libertad de culto mientras no atente contra la moral, las buenas costumbres o el orden público, libertad de conciencia y de manifestar cualquier creencia.

Se suma a esto el dictamen de leyes laicas, como el establecimiento de cementerios laicos, matrimonio civil, etc.


Educación en la Constitución de 1925

Dentro del Capitulo III. Garantías Constitucionales, número 7 del articulo 10, se estableció que era derecho de todos los chilenos la Libertad de Enseñanza, ademas, la educación pasó a ser una atención preferente del Estado. La educación Primaria adquirió carácter obligatorio. Se creo una Superintendencia de educación pública, que tendrá a su cargo la inspección de la enseñanza nacional tanto como su dirección, todo esto bajo la autoridad del Gobierno


Otras características de esta Constitución son:

  • Estableció como régimen el presidencialismo.

  • Se consagró la independencia de los poderes políticos.

  • El presidente co-legisla con el Congreso.

  • Una constitución constituye la norma jurídica, sea escrita o no, de más alto rango en el ordenamiento jurídico de una sociedad, destinada a regular los aspectos fundamentales de la vida política.


No hay comentarios: